Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación. La cuantía de dicho crédito se fijará teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior… – (ORDEN TAS/2307/2007)
Toda empresa con trabajadores por cuenta ajena a su cargo dispone como mínimo de un crédito formativo de 420€ anuales, ya sabes en qué formación lo vas a invertir?
REQUISITOS QUE TIENE QUE REUNIR EL TRABAJADOR
En alta en el Régimen General de la Seguridad Social
REQUISITOS QUE TIENE QUE REUNIR LA EMPRESA
Tienen derecho a acogerse todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda.
CUANDO COBRARÉ LA BONIFICACIÓN
Al finalizar el curso la Fundación Tripartita emite un certificado que permite descontar el importe bonificado de las cuotas que paga la empresa a la Seguridad Social.
Desde el Centro de Formación Easy System te lo ponemos fácil, nosotros nos encargamos de todas las gestiones ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.